El Transporte Regular de Personas a nivel nacional o Transporte Interprovincial, es realizado por empresas de transporte que cuenten con autorización otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC.
Dicha autorización o concesión de ruta, es otorgada por un periodo de diez (10) años para prestar servicio en una ruta autorizada, contando con terminales terrestres en origen y destino
Ojo: Para abrir una empresa de transporte que preste servicios de transporte regular de pasajeros, deberá contar como mínimo con dos (2) unidades vehiculares, y cumplir con los siguientes requisitos:
- Documento que acredite la personería jurídica (Copia Literal) señalando que el objeto social de la empresa es el transporte terrestre de personas de ámbito nacional.
- Ficha RUC – Estado de contribuyente ACTIVO.
- Tarjeta(s) de propiedad vehicular a nombre de la empresa solicitante (persona jurídica). (Vehículos con un peso neto vehicular mínimo de 8500 Kg.)
- Manual General de Operaciones.
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT – Para transporte regular
- Contrato de Monitoreo GPS y Certificado de Instalación de GPS
- Contrato de Celular o Recibo de Celular
- Certificado de Inspección Técnica Vehicular (Revisión Técnica del Vehículo)
- Certificado de que el vehículo cuenta con Limitador de Velocidad
- Contar con un patrimonio neto mínimo de 1000 UIT.
- Contar con Gerente de Operaciones y/o Prevención de Riesgos.
- Contar con un taller de mantenimiento para sus vehículos propio o alquilado.
- Contar con Terminales Terrestre en origen y en destino de la ruta
- Desarrollar la propuesta operacional